Ley 10.707 de Catastro Territorial de la Provincia de Buenos Aires
Estado Parcelario en la Provincia de Buenos Aires
El Estado Parcelario es el conjunto de datos técnicos y jurídicos —ubicación, medidas, límites y linderos— que identifican oficialmente una parcela ante el Catastro de la Provincia de Buenos Aires. Lo constituye un agrimensor matriculado mediante un plano registrado, y es un requisito obligatorio antes de vender, escriturar o gravar un inmueble.

Qué incluye
- ✓Relevamiento técnico realizado por agrimensor matriculado
- ✓Plano georreferenciado con límites, superficie, linderos y mejoras
- ✓Inscripción ante ARBA: cédula catastral + resumen valuatorio
- ✓Requisito previo obligatorio para el Certificado Catastral que pide el escribano
Para saber más
Qué es el Estado Parcelario en la Provincia de Buenos Aires, cómo se constituye, cuánto dura su vigencia según ARBA y cuándo se necesita para escriturar.
Leer: Sintaxis sobre el Estado Parcelario — Provincia de Buenos Aires →Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede hacer el Estado Parcelario?
- Únicamente un agrimensor matriculado, mediante un relevamiento técnico del terreno.
- ¿Cuánto tarda en vencer un Estado Parcelario?
- Depende del tipo de inmueble y tiene varias actualizaciones posteriores (ARBA fijó excepciones y plazos adicionales según el caso). Para evitar dar un dato incompleto, el detalle completo con la tabla de plazos está en la nota del blog.
- ¿Puedo vender mi propiedad sin Estado Parcelario vigente?
- No. Es un requisito obligatorio antes de cualquier acto de transmisión, modificación o gravamen sobre el inmueble.
- ¿El agrimensor me da el certificado catastral?
- No directamente. El agrimensor constituye el Estado Parcelario; el certificado lo emite exclusivamente la Dirección de Catastro, una vez aprobado ese trabajo.
