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Ley de Catastro N° 6437 (CABA)

Estado Parcelario en CABA

En la Ciudad de Buenos Aires, el Estado Parcelario es el estado de hecho registrado de una parcela, regulado por la Ley 6437. Se constituye mediante un acto de mensura realizado por un profesional autorizado, y su vigencia debe verificarse antes de cualquier acto de constitución, modificación o transmisión de derechos reales sobre el inmueble.

Estado Parcelario en CABA

Qué incluye

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Para saber más

Que - Como - Cuando - Porque - Donde

Leer: Sintaxis sobre el Estado Parcelario — Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Preguntas frecuentes

¿Quién verifica la vigencia al momento de escriturar?
El escribano interviniente, que debe acreditarla y transcribir el certificado catastral en la escritura (Art. 54).
¿Todos los inmuebles necesitan constituirlo?
No; hay exenciones específicas, como PROCREAR o regularización dominial en barrios determinados.